COMPAÑEROS DE CAMPSARED



"Podeis decir lo que pensais de vuestros encargados, de los objetivos, de la venta activa, de los cursos, de Sumando valores, seguridad, promotores del cambio, sindicatos, y todo lo que querais. Hubo en tiempos un blog de un compañero en donde mucha gente dejó sus comentarios, hoy no existe y como alternativa nace CAMPSARED BLOG, para reunir a todos los que somos COMPAÑEROS DE CAMPSARED"

Este blog, como indica en la cabecera, originariamente fue creado por un compañero llamado EXPENDEDOR-VENDEDOR el 20 de noviembre de 2008 pero problemas técnicos le impidieron actualizarlo, lo que dio pie a la creación de esta segunda etapa renovada que es la que se abre a continuación.
Como aquel, mantiene la idea de tener una plataforma de comunicación, de reivindicación y sobre todo un medio de expresión para todos los trabajadores de CAMPSARED y de REPSOL, y a la que quedan invitados cualquiera de los trabajadores de EESS sean cuales sean sus marcas.

Bienvenidos todos a este foro de diálogo e información.

Recordar que si visitais esta página por primera vez, para conocer el contenido completo de este blog desde su nacimiento, deberíais comenzar por el antiguo blog pinchando en este enlace:

'www.campsaredsprint.blogspot.com'





ESPECIAL ELECCIONES

El próximo 20 de diciembre hay elecciones generales en España, en las que apostaremos por un gobierno para los próximos cuatro años (Por favor, haced puntería y no como la última vez, ejem).  Es el momento de analizar las propuestas de los candidatos, y decidir qué políticas queremos que se hagan en nuestro país a partir de ese día, si nos gusta lo acontecido en los últimos cuatro años, o queremos un cambio, a medias, o un vuelco con el que recuperar alguno de los derechos que se llevó la crisis y las políticas del ejecutivo actual.

Hagais lo que hagais, os subrayo algo que cada vez que hay elecciones es conveniente recordar:

Si el 20-D trabajas, tienes derecho al cobro de unas horas, así que, recuerda, en el momento de votar, solicita en tu mesa electoral un justificante de asistencia para presentar en tu empresa.

Ya queda poco para las próxima elecciones por lo que es recomendable conocer que el trabajador tiene derecho a un tiempo de permiso retribuido para ejercer su derecho al voto. Este será en función de la coincidencia de la jornada laboral con el horario de apertura de las mesas.

Una vez realizado el voto, el trabajador deberá pedir en la mesa electoral un justificante, para poder acreditarlo ante la empresa.
Es potestad de la empresa la distribución del periodo en que los trabajadores disponen del permiso para acudir a votar.
Dependiendo del periodo de coincidencia del horario de trabajo con el horario de apertura de las mesas electorales, se tendrá derecho a diferentes horas de permiso retribuido:

  • 2 horas de Permiso Retribuido: Los trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en dos o más horas y menos de cuatro con el horario de apertura de las mesas electorales. 
  • 3 horas de Permiso Retribuido: Los trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en cuatro o más horas y menos de seis con el horario de apertura de las mesas electorales.
  • 4 horas de Permiso Retribuido: Los trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en seis o más horas con el horario de apertura de las mesas electorales.

Para el que no lo hay entendido, se lo pongo más claro.
  • Los encargados y todos los que libren el día de las elecciones no tienen que cobrar ninguna hora.
  • Los que trabajen en turno de noche no tienen que cobrar ninguna hora.
  • Los expendedores que trabajan de 6:00 a 14:00 tienen derecho al cobro de 4 horas extras.
  • Los expendedores que trabajen de 7:00 a15:00 tienen derecho al cobro de 4 horas extras.
  • Los expendedores que trabajan de 14:00 a 22:00 tienen derecho al cobro de 4 horas extras.
  • Los expendedores que trabajan de 15:00 a 23:00 tienen derecho al cobro de 3 horas extras.
No es necesario comunicar a la empresa nuestra intención de ir a votar salvo que quisiéramos hacerlo en horario laboral, que entonces habrá que hacerlo con antelación y por escrito. 

Otras consideraciones a tener en cuenta:

* No tendrán derecho a permiso retribuido: Los trabajadores cuyo horario de trabajo no coincida con el de apertura de las mesas electorales, o lo haga por un período inferior a dos horas.
* Trabajadores a tiempo parcial: Los permisos retribuidos se verán reducidos en proporción a la jornada de trabajo que desarrollen y la jornada habitual de los trabajadores a tiempo completo.
* Los presidentes, vocales e interventores tendrán derecho a un permiso retribuido durante toda la jornada laboral correspondiente al día de la votación. Será de cinco horas en la jornada correspondiente al día inmediatamente posterior. 
* A los apoderados el permiso solo corresponderá a la jornada correspondiente al día de la votación.
* Si alguno de los trabajadores comprendidos en este punto tuviera que trabajar en el turno de noche la jornada inmediatamente anterior a la jornada electoral, la empresa, a petición del interesado, deberá cambiarle el turno a efectos de poder descansar la noche anterior al día de la votación.